SESIÓN N° 5: "Respetemos los Derechos de Autor"



1. Introducción:
A cada momento millones de personas en el mundo comparten información en la red que es propia y ajena, y en su mayoría desconocen los derechos de autor y las obligaciones que como usuarios se debe tener a la hora de compartir la información.

2. Propósito de Aprendizaje:
En esta sesión analizarás cómo se protegen los Derechos de Autor en internet, y conocerán software y recursos que tienen la licencia Creative Commons.
A continuación te presentamos algunos conceptos básicos tomados del Blog Andalucia es Digital:
https://www.blog.andaluciaesdigital.es/derechos-de-autor-en-internet-normas/
  • Concepto: Según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, la definición de derechos de autor se refiere a “los derechos de los creadores sobre sus obras literarias y artísticas. Las obras que se prestan a la protección van desde los libros, la música, la pintura, la escultura y las películas hasta los programas informáticos, las bases de datos, los anuncios publicitarios, los mapas y los dibujos técnicos”.
  • Copyright: Copyright es exactamente lo mismo que derecho de autor. Todos conocemos el símbolo del copyright © y su función es poner de manifiesto que la obra o creación están protegidas, aunque el hecho de que no figure expresamente no invalida los derechos de autor.
  • Copyleft: Se usa como antítesis de Copyright y, básicamente, consiste en el ejercicio del autor de una obra para permitir la libre circulación y copias modificadas de su obra (en sentido de libertad, no de gratuidad). Su representación gráfica es el símbolo de Copyright, aunque con la C abierta hacia la izquierda.
  • Creative Commons: Las licencias Creative Commons son una modalidad de derechos de autor (ojo a este concepto porque es importante) que, bajo una serie de condiciones, permiten modificar los términos y condiciones de ese derecho.  Luego desarrollaremos sus modalidades.
  • Vigencia: ¿Cuánto duran los derechos de autor en Internet o en el mundo físico? Por regla general, y según el Convenio de Berna la medida de tiempo es de 50 años a partir del fallecimiento del autor de la obra, aunque en cada país la legislación puede variar.
  • Dominio público: Con el término dominio público nos referimos a aquellas obras cuyo periodo de protección de derechos de autor ha expirado y pueden ser reproducidas sin ninguna repercusión legal. La representación gráfica es la C de Copyright tachada por una franja que la cruza en diagonal.

3. Actividades:
Te invitamos a observar los siguientes videos:

                            


                            

4. Recursos:



5. Cuestionario 5: